Tema 01: La Constitución Española de 1978

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01T1. Fundamentos y Estructura

01T15. TÍTULO PRELIMINAR

TÍTULO PRELIMINAR (Arts. 1 – 9)

Considerado la «Antesala de la Constitución». Recoge preceptos de importancia capital y general.

ARTÍCULO 1: EL ESTADO Y LA SOBERANÍA

1. Definición del Estado: España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho.

  • Valores Superiores del Ordenamiento Jurídico (Memorizar lista):
    1. Libertad.
    2. Justicia.
    3. Igualdad.
    4. Pluralismo político. (Nota doctrinal – Peces-Barba: Son la meta, marco y límite del ordenamiento).

2. Titularidad de la Soberanía: Reside en el pueblo español (NO en la Nación), del que emanan los poderes del Estado.

3. Forma Política: La Monarquía Parlamentaria.


ANÁLISIS DE LOS TIPOS DE ESTADO (Doctrina y Artículos relacionados)

Este apartado es vital para preguntas de relación de artículos.

A. Estado de DERECHO (Imperio de la Ley y División de Poderes)

  • Imperio de la Ley: Sometimiento pleno a la ley y al Derecho.
    • Refs: Art. 9.3 (Principio de legalidad), Art. 97 (Gobierno), Art. 103.1 (Administración).
  • División de Poderes (Montesquieu, 1748):
    • Legislativo: Cortes Generales (Art. 66.2).
    • Ejecutivo: Gobierno (Art. 97).
    • Judicial: Jueces y Magistrados (Art. 117.1).
  • Reconocimiento de Derechos y Libertades: Título I.

B. Estado SOCIAL (Igualdad material y Servicios)

  • Principio de Igualdad: Arts. 9.2 y 14.
  • Derechos Económicos y Sociales: Cap. III del Título I (Principios Rectores).
  • Constitución Económica: Título VII.

C. Estado DEMOCRÁTICO (Participación)

  • Soberanía Popular: Art 1.2.
  • Justicia: «Emana del pueblo» (Art. 117).
  • Pluralismo: Político (Art. 6) y Social (Art. 7).
  • Participación ciudadana:
    • Art. 23.1 (Derecho fundamental).
    • Art. 29 (Petición).
    • Art. 87.3 (Iniciativa Legislativa Popular).
    • Art. 105 (Audiencia en proced. administrativos).
    • Art. 125 (Jurado popular).
    • Arts. 92, 167 y 168 (Referéndum).

ARTÍCULO 2: UNIDAD Y AUTONOMÍA

La Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles.

  • Reconoce y garantiza:
    1. El derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones.
    2. La solidaridad entre todas ellas.
  • Desarrollo: Título VIII (Organización Territorial).

ARTÍCULO 3: LA LENGUA

  1. El Castellano: Es la lengua española oficial del Estado.
    • Deber: De conocerla.
    • Derecho: A usarla. (Truco: «Deber de usarla» es falso).
  2. Las demás lenguas españolas: Serán también oficiales en las respectivas CC.AA. de acuerdo con sus Estatutos.
  3. Riqueza lingüística: Es un patrimonio cultural (objeto de especial respeto y protección).
  • Legislación: Carta Europea de Lenguas Regionales (1992, ratif. 2001) y RD 905/2007 (Consejo de Lenguas Oficiales).

ARTÍCULO 4: LA BANDERA

  1. Bandera de España: Tres franjas horizontales: roja, amarilla y roja.
    • Detalle: La amarilla es de doble anchura que cada una de las rojas.
  2. Banderas de las CC.AA.: Los Estatutos podrán reconocerlas.
    • Uso: Se utilizarán junto a la bandera de España en sus edificios públicos y actos oficiales.

ARTÍCULO 5: LA CAPITAL

La capital del Estado es la villa de Madrid. (Cuidado si ponen «Ciudad de Madrid», la literalidad es «villa»).


GRUPOS DE RELEVANCIA CONSTITUCIONAL (Arts. 6 y 7)

Tienen una redacción casi idéntica («Estructura interna y funcionamiento deberán ser democráticos»).

ARTÍCULO 6: PARTIDOS POLÍTICOS

  • Expresan el pluralismo político.
  • Concurren a la formación y manifestación de la voluntad popular.
  • Son instrumento fundamental para la participación política.
  • Límites: Respeto a la Constitución y a la ley.
  • Legislación: LO 6/2002 (Partidos) y LO 8/2007 (Financiación).

ARTÍCULO 7: SINDICATOS Y ASOCIACIONES EMPRESARIALES

  • Función: Defensa y promoción de los intereses económicos y sociales que les son PROPIOS.
  • Límites: Respeto a la Constitución y a la ley.

ARTÍCULO 8: FUERZAS ARMADAS

Composición:

  1. Ejército de Tierra.
  2. Armada.
  3. Ejército del Aire.

Misión (Pregunta frecuente):

  1. Garantizar la soberanía e independencia de España.
  2. Defender su integridad territorial.
  3. Defender el ordenamiento constitucional.

Regulación: Ley Orgánica (bases de la organización militar).

  • Leyes clave: LO 5/2005 (Defensa Nacional), LO 14/2015 (Cód. Penal Militar), Ley 36/2015 (Seguridad Nacional).

ARTÍCULO 9: PRINCIPIOS Y GARANTÍAS

9.1 Sujeción: Ciudadanos y poderes públicos sujetos a la Constitución y al ordenamiento jurídico.

9.2 Igualdad «Real y Efectiva» (Cláusula Lelio Basso):

  • Destinatario: Corresponde a los Poderes Públicos.
  • Acciones: Promover condiciones, remover obstáculos y facilitar la participación.

9.3 Garantías Jurídicas (Memorizar lista literal): La Constitución garantiza:

  1. El principio de Legalidad.
  2. La Jerarquía normativa.
  3. La Publicidad de las normas.
  4. La Irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales.
  5. La Seguridad jurídica.
  6. La Responsabilidad de los poderes públicos.
  7. La Interdicción (prohibición) de la arbitrariedad de los poderes públicos.

💡 Tips de experto para el test:

  1. Soberanía vs. Nación: El Art. 1.2 dice que la soberanía reside en el Pueblo (concepto demográfico/político). El Art. 2 fundamenta la Constitución en la Nación (concepto histórico/cultural). No los intercambies.
  2. Banderas: Si preguntan si una bandera autonómica puede ondear sola en un edificio público, la respuesta es NO (siempre «junto a»).
  3. Irretroactividad: La Constitución NO prohíbe toda irretroactividad. Solo prohíbe la de las normas «sancionadoras no favorables» o «restrictivas de derechos». Una norma favorable SÍ puede ser retroactiva.
  4. Misión FAS: Memoriza «Soberanía, Independencia, Integridad, Ordenamiento». A veces cuelan «Defender la paz internacional» (eso no está en el Art. 8).