Tema 01: La Constitución Española de 1978

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01T2. Derechos, Deberes y Garantías

01T23. GARANTÍAS

GARANTÍAS DE LOS DERECHOS Y LIBERTADES (CONSTITUCIÓN Y ESTATUTO)

A. SISTEMA DE GARANTÍAS EN LA CONSTITUCIÓN (ARTS. 53 y 54)

El artículo 53 establece tres niveles de protección distintos según la ubicación del derecho en la Constitución. Es vital distinguir qué derechos entran en cada nivel.

1. Nivel General de Protección (Capítulo II: Arts. 14 a 38)

  • Vinculación: Vinculan a todos los poderes públicos.
  • Regulación: Solo por Ley, que deberá respetar en todo caso su contenido esencial.
  • Tutela: A través del Recurso de Inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional (Art. 161.1.a y LO 2/1979).

2. Nivel Máximo de Tutela Jurisdiccional (Art. 14 + Sección 1ª: Arts. 15 a 29)

Cualquier ciudadano puede recabar su tutela a través de dos vías:

  1. Tribunales Ordinarios: Mediante un procedimiento basado en los principios de preferencia y sumariedad (Regulado en Ley 29/1998 Jurisdicción Contencioso-Administrativa).
  2. Tribunal Constitucional: Mediante el Recurso de Amparo (una vez agotada la vía ordinaria).
    • ¡OJO! Excepción importante: La Objeción de Conciencia (Art. 30) también goza de Recurso de Amparo, aunque no tenga el procedimiento preferente y sumario.

3. Nivel de Principios Rectores (Capítulo III: Arts. 39 a 52)

  • Función: Informarán la legislación positiva, la práctica judicial y la actuación de los poderes públicos.
  • Alegación: Solo podrán ser alegados ante la Jurisdicción Ordinaria de acuerdo con lo que dispongan las leyes que los desarrollen.

B. EL DEFENSOR DEL PUEBLO (ART. 54 CE)

  • Definición: Alto Comisionado de las Cortes Generales.
  • Designación: Designado por las Cortes Generales.
  • Misión: Defensa de los derechos comprendidos en el Título I.
  • Funciones: Podrá supervisar la actividad de la Administración y debe dar cuenta a las Cortes Generales.
  • Regulación:Ley Orgánica (LO 3/1981).
    • Relación con figuras autonómicas: Ley 36/1985.

Datos Históricos y Titulares (Cultura de oposición)

  • Primer Defensor: Elegido el 28 de diciembre de 1982.
  • Listado de Defensores:
    • Joaquín Ruiz-Giménez Cortés (1982-1988)
    • Álvaro Gil-Robles y Gil-Delgado (1988-1993)
    • Fernando Álvarez de Miranda y Torres (1994-1999)
    • Enrique Múgica Herzog (2000-2010)
    • Soledad Becerril Bustamante (2012-2017)
    • Referencia del texto: Francisco M. Fernández Marugán (En funciones tras 2017).

C. GARANTÍAS INTERNACIONALES

  • Requisito previo: Haber agotado las instancias internas.
  • Órgano: Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH).
  • Normativa: Convenio Europeo de Derechos Humanos (Roma, 1950).
  • Vía administrativa previa: Declaración del Ministerio de Asuntos Exteriores (11 junio 1981, renovada en 1985) ante el Secretario General del Consejo de Europa.

D. GARANTÍAS EN EL ESTATUTO DE AUTONOMÍA DE ANDALUCÍA (ARTS. 38-41)

El Estatuto replica el esquema de garantías de la Constitución, aplicándolo al ámbito autonómico.

1. Vinculación (Art. 38)

  • La prohibición de discriminación (Art. 14 CE) y los derechos del Capítulo 2º vinculan a:
    • Todos los poderes públicos andaluces.
    • Y, según el caso, también a los particulares.
  • Interpretación: Siempre en el sentido más favorable a su efectividad.
  • Desarrollo: El Parlamento aprobará leyes respetando el contenido esencial.

2. Protección Jurisdiccional (Art. 39)

  • Los actos de poderes públicos que vulneren derechos son recurribles ante la jurisdicción correspondiente (según leyes procesales del Estado).

3. Efectividad de Principios Rectores (Art. 40)

  • Informan la legislación, práctica judicial y actuación administrativa.
  • Alegables según las leyes que los desarrollen.
  • Obligación de la Junta: Adoptar medidas de impulso legislativo, garantía de financiación y eficacia administrativa.

4. Defensa de Derechos (Art. 41)

  • Corresponde al Defensor del Pueblo Andaluz (regulado en el Art. 128).

⚠️ TIPS IMPORTANTES PARA EL EXAMEN TIPO TEST

Presta mucha atención a estos puntos, son las «trampas» clásicas de los tribunales:

  1. La trampa del Artículo 30 (Objeción de Conciencia):
    • Está en la Sección 2ª, por lo tanto, NO tiene procedimiento preferente y sumario.
    • PERO, el Art. 53.2 le otorga excepcionalmente el Recurso de Amparo.
    • Pregunta trampa: «¿Todos los derechos de la Sección 2ª tienen Recurso de Amparo?» -> Falso. Solo el Art. 30.
    • Pregunta trampa: «¿El Art. 30 tiene protección preferente y sumaria?» -> Falso.
  2. Diferencia de «Vinculación» vs «Alegación»:
    • Los derechos del Cap. II (14-38) vinculan directamente.
    • Los principios del Cap. III (39-52) solo pueden ser alegados si una ley los desarrolla. No puedes ir al juez solo con la Constitución en la mano para exigir una vivienda digna (Art. 47).
  3. Definición de Defensor del Pueblo:
    • La palabra clave es «Alto Comisionado» de las Cortes Generales. Si ponen «Delegado del Gobierno» o «Representante del Poder Judicial», es falso.
    • Defiende los derechos del Título I (completo), no solo los fundamentales.
  4. Reserva de Ley (Art. 53.1):
    • Para regular los derechos del Cap. II (14-38) se exige «Solo por Ley». La Constitución no especifica Orgánica u Ordinaria en este punto genérico, pero recuerda que para el desarrollo de los Derechos Fundamentales (Sección 1ª: 15-29) el Art. 81 CE sí exige Ley Orgánica.
  5. Actualización sobre el Defensor del Pueblo:
    • El texto que has facilitado cita a Francisco M. Fernández Marugán. Ten cuidado: él estuvo en funciones hasta 2021. Desde noviembre de 2021, el Defensor del Pueblo es Ángel Gabilondo Pujol. Si el examen se basa estrictamente en un temario cerrado antiguo, contesta lo que diga el temario. Si es un examen de actualidad normativa, la respuesta correcta es Ángel Gabilondo.
  6. Vinculación en Andalucía:
    • Fíjate que el Estatuto (Art. 38) especifica que los derechos vinculan también a los particulares «según el caso». En la Constitución (Art. 9.1) se dice que vinculan a los ciudadanos, pero en el Art. 53 se enfatiza a los «poderes públicos». El matiz del Estatuto es importante.